Procedimiento para dar de baja a los comprobantes de pago (facturas)
Para dar de baja los comprobantes de pago la resolución SUNAT 211-2015 en su cuarto párrafo de su única disposición complementaria menciona: Para efecto de lo dispuesto en el párrafo precedente, los emisores deben seguir el procedimiento contemplado en el numeral 4 del artículo 12 del reglamento de comprobantes de pago y consignar como motivo